1. Requisitos del pedido médico
El pedido médico deberá ser emitido por el profesional de cabecera del beneficiario, que podrá ser pediatra, médico clínico, médico de familia, psiquiatra o neurólogo.
Importante: el pedido no podrá ser emitido por un profesional que tenga algún tipo de parentesco familiar con el beneficiario.
El pedido médico deberá incluir obligatoriamente los siguientes datos:
- Apellido, nombre y número de afiliado de OSEP. No consignar el DNI.
- Prestación solicitada, indicando expresamente:
- Nivel Inicial o EGB.
- Nivel Inicial = Jardín
- EGB = Primaria
- Educación Especial.
- Jornada simple, de febrero a diciembre de 2027.
- Con dependencia, en caso de requerir asistencia sanitaria además, deberá adjuntar el formulario FIM (disponible al final de la página para descargar).
- Nivel Inicial o EGB.
- Diagnóstico.
- Fecha de emisión, firma y sello del profesional solicitante.
Validez del pedido médico: 60 días corridos a partir de la fecha de emisión.
Se deberá verificar que la prestación solicitada en el pedido médico esté contemplada en la orientación prestacional del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
2. Plazo de presentación de la documentación
La documentación deberá presentarse entre el 9 y el 25 de noviembre de 2026, inclusive.
Se solicita cumplir con los requisitos y plazos establecidos para facilitar la evaluación y autorización de las prestaciones correspondientes al ciclo 2027.
- Información para padres
3. Nuevos alumnos
No se autorizarán prestaciones a nuevos alumnos que no hayan pasado previamente por el Servicio de Auditoría Terapéutica de OSEP y haya presentado el Formulario 512.
OSEP No se autorizará prestaciones que hayan comenzado sin la auditoría previa requerida.
La fecha de inscripción para los nuevos ingresos será la misma que para el resto de los alumnos, la documentación a presentar se le entregarán el día de la reunión con la Apoderada Legal. (Reunión 10/11/26, 18 hs en Armani 1120, Godoy Cruz, aula 12)
4. Vencimiento del CUD y prórrogas
Si el CUD vence durante el año 2027, el sistema SISAO permitirá emitir la autorización únicamente hasta el mes anterior al vencimiento del certificado.
En caso de que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) otorgue una prórroga mediante resolución, el afiliado deberá solicitarla a través del Asistente Virtual ALMA.
5. Comunicación de novedades
La institución deberá informar al equipo de OSEP, cualquier modificación o novedad relacionada con el afiliado, incluyendo:
- Internaciones.
- Inasistencias de uno o dos días.
- Inasistencias prolongadas por distintos motivos.
- Cualquier otra situación que modifique la asistencia o continuidad de la prestación.
Debiendo presentar obligatoriamente los certificados médicos.
FORMULARIO FIM
